CIVICUS conversa sobre la evolución aparentemente positiva del espacio para la sociedad civil en Ecuador con Daniel Barragán, Director Ejecutivo del Centro Internacional de Investigaciones sobre Ambiente y Territorio (CIIAT) de la Universidad de Los Hemisferios. Conformado en 2015 como órgano de vinculación de la universidad con la comunidad, el CIIAT persigue el objetivo de promover la investigación científica y la formación continua en temas de gestión y derecho ambiental, cambio climático, conservación y gestión del territorio.
¿En qué medida están garantizadas las libertades de asociación, de protesta pacífica y de expresión en Ecuador?
En los últimos dos años se percibe en Ecuador un ambiente de mayor libertad y respeto a estos derechos. El cambio se ha expresado en una política gubernamental de apertura al diálogo y en reformas tanto de las regulaciones que se aplican a las organizaciones de sociedad civil (OSC) como de la Ley Orgánica de Comunicación.
Los decretos 16 y 739, que regulaban a las OSC, fueron derogados a fines de 2017. El decreto 193, con el cual fueron reemplazados, no ha sido utilizado como una herramienta política para coartar derechos o limitar la capacidad de acción de las OSC. El riesgo, sin embargo, sigue latente en la medida que las causales de disolución de OSC se siguen prestando a interpretación discrecional y podrían en el futuro ser aplicadas arbitrariamente por el gobierno de turno.
La Ley Orgánica de Comunicación, por su parte, fue reformada en diciembre de 2018. Tras el veto presidencial parcial de la reforma, permanecen algunos cambios que se orientan a garantizar derechos y que cambian la lógica anterior: ya no se considera a la comunicación como un servicio público sino como un derecho, se amplía la conceptualización del derecho a la libertad de expresión, se elimina el control a los medios y se promueve su autorregulación, se deroga la figura del linchamiento mediático, que penalizaba la difusión reiterada de información para desprestigiar o destruir la credibilidad de alguien, y se eliminan las sanciones administrativas, entre otras cosas. Estos puntos son analizados en un informe técnico mediante el cual la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos trasmitió sus observaciones al proyecto de reforma.
Otro hecho relevante fue la reciente firma de la Declaración de Chapultepec. Esta declaración fue adoptada por la Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión en 1994, y firmada por el gobierno de Ecuador en febrero de 2019, en coincidencia con la promulgación en el Registro Oficial de las reformas a la Ley Orgánica de Comunicación.
Sobre estos temas en particular, es importante rescatar la voluntad política para generar cambios en el ambiente habilitante para las organizaciones sociales y los medios de comunicación. Si bien no necesariamente se ha logrado llegar a las regulaciones ideales y el margen de discrecionalidad en la regulación es aún un tema pendiente, los cambios apuntan en la dirección correcta.
¿Cuál es la situación de los activistas y organizaciones indígenas y ambientalistas en Ecuador?
Si bien se registran casos de criminalización por la defensa del territorio, la situación en Ecuador es diferente de la de otros países de la región en cuanto al nivel de riesgo al que están expuestos los defensores de la tierra y la naturaleza. En el período 2007-2017 la criminalización de la protesta social fue el principal medio para neutralizar y censurar a activistas y ambientalistas, y aún quedan secuelas que no permiten su accionar en un marco de libertad y de garantía del ejercicio de sus derechos. A fines de 2018 la Defensoría del Pueblo se pronunció ante los ataques sufridos por varias defensoras de derechos humanos y de la naturaleza en la provincia de Pastaza, consistentes en el uso indebido del derecho penal, hostigamientos, amenazas, y un incendio provocado en la vivienda de una de ellas. Ante estos hechos, la Defensoría urgió al Estado a adoptar una “política integral de promoción y protección de los derechos humanos y de la naturaleza de manera independiente al actual sistema de protección a víctimas y testigos”.
Por otro lado, a nivel regional ahora tenemos el Acuerdo de Escazú, el primer tratado de derechos humanos ambientales y el primer tratado vinculante a nivel internacional que regula la protección de los defensores ambientales. El acuerdo reconoce explícitamente esta problemática que crece en América Latina, donde ocurre alrededor del 60% de los asesinatos de las personas defensoras de la tierra y el medio ambiente, según datos de Global Witness para 2017. Y también reconoce el rol de los Estados para garantizar un entorno seguro y la obligación de proteger, prevenir y sancionar ataques y amenazas a los derechos de los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales.
El reto es ahora avanzar en la firma y ratificación de este instrumento. A la fecha el acuerdo tiene las firmas de 16 países: Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Brasil, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Guayana, Haití, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Santa Lucía y Uruguay.
¿Qué significación tuvo el referendo constitucional de febrero de 2018?
El referéndum de febrero de 2018 abordó temas tan diversos como la lucha contra la corrupción, la reestructuración del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), la eliminación de la reelección indefinida, la protección a la niñez y la no prescripción de los delitos sexuales, y la prohibición de la minería en centros urbanos y zonas intangibles. También incluyó dos preguntas de consulta popular sobre la derogatoria de la Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de las Tierras y Fijación de Tributos, también conocida como Ley de Plusvalía, y la re-delimitación del Parque Nacional Yasuní para incrementar la zona intangible y reducir el área donde está autorizada la explotación petrolera.
El referéndum produjo un cambio institucional importante, en particular a raíz de la reforma del CPCCS, por las implicaciones que han tenido hasta la fecha en términos de la evaluación y cesación de alrededor de 27 autoridades de control, y los nuevos nombramientos – algunos temporales y otros definitivos - para esos cargos, como ha sido el caso de la Corte Constitucional. El CPCCS fue establecido por la Asamblea Constituyente de 2008 y concebido como un "quinto poder" encargado de auditar a los mecanismos de control, alentar la participación ciudadana y luchar contra la corrupción. También desempeña un papel en el nombramiento de funcionarios, lo que lo convirtió en blanco de fuertes críticas.
Sobre la legalidad de lo actuado en este punto hay diversas visiones; lo que sí es cierto es que la gestión del CPCCS transitorio cuenta, desde mi percepción, con respaldo social y ciudadano.
¿Qué progresos se han realizado en materia de vigencia de las libertades democráticas?
Desde mi punto de vista hoy existen mejores condiciones para el ejercicio de las libertades democráticas. Prueba de ello es la existencia de un ambiente de diálogo, de tolerancia a la opinión contraria y de respeto al Estado de Derecho.
Un ejemplo claro del progreso realizado es la decisión de sumar al Ecuador a la Alianza por el Gobierno Abierto, como una de las medidas no sólo de inclusión ciudadana sino también de lucha contra la corrupción. Para Ecuador es fundamental avanzar en la generación de un clima de confianza sobre la base de la transparencia del accionar de las autoridades y funcionarios, a la vez que de una lógica de corresponsabilidad del ciudadano para con lo público. En este momento estamos avanzando en la construcción del primer Plan Nacional de Acción de Gobierno Abierto. Por otra parte, la semana pasada el Consejo Consultivo de Gobierno Abierto de Quito entregó al alcalde el Plan de Acción de la ciudad para su implementación en 2019. Estoy participando en ambos procesos y puedo dar fe de que cuando hay voluntad política el trabajo articulado entre distintos sectores y actores es posible.
El espacio cívico en Ecuador es clasificado como ‘estrecho’ por el CIVICUS Monitor.
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