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  • ‘Invocamos el principio de extraterritorialidad para llamar al Estado chino a rendir cuentas del impacto de sus inversiones en América Latina’

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    CIVICUS conversa con las cuatro responsables de la iniciativa regional “Explorando nuevos caminos para la defensa de los derechos humanos frente a las inversiones chinas en América del Sur: El Examen Periódico Universal de las Naciones Unidas y el Principio de Extraterritorialidad”: Paulina Garzón,de la Iniciativa para las Inversiones Sostenibles China América-Latina (IISCAL),María Marta Di Paola, dela Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) de Argentina; Sofía Jarrín, del Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES) de Ecuador; y Julia Cuadros, de CooperAcción, una organización de Perú.

    1. ¿Qué impacto están teniendo las inversiones chinas en América Latina, y por qué es preocupante?

    A pesar de la desaceleración de la economía china en los últimos años, las inversiones chinas continúan creciendo en América Latina. En 2016 los préstamos soberanos de los bancos chinos alcanzaron 21.000 millones de dólares (más que el monto prestado por todos los bancos multilaterales) y la inversión directa llegó a los 10.358 millones (un crecimiento de 29,4% con respecto a 2015). La República Popular de China es el primer o el segundo socio comercial para todos los países sudamericanos, y resalta el hecho de que la gran mayoría de las exportaciones hacia China se concentra en petróleo, minerales y soja. En otras palabras, las inversiones chinas o motorizadas por la demanda china han dado un nuevo impulso al sector primario y, dentro de éste, a las industrias extractivas, de modo tal que la relación económica entre China y América Latina impone grandes desafíos tanto ambientales como en relación con los derechos de las comunidades donde se asientan estas inversiones.

    El crecimiento y la escala del financiamiento chino en América Latina ha tomado a las organizaciones sociales y a las comunidades por sorpresa. Hasta ahora, es poco lo que la sociedad civil ha podido hacer para demandar rendición de cuentas directamente a los bancos, compañías y agencias reguladoras chinas, en parte por falta de conocimiento y acceso a los procedimientos de estas instituciones, pero sobre todo por el hermetismo que las caracteriza. Ello se ve agudizado por el hecho de que la mayoría de los capitales chinos que llegan a la región aterrizan en Argentina, Bolivia, Brasil, Ecuador, Perú y Venezuela, países que tienen una o varias de las siguientes características: dificultades para acceder a los mercados financieros; gobernanza ambiental debilitada; y disminución de espacios de participación ciudadana. En estos países, vemos que las empresas transnacionales han contribuido a la violación de los derechos humanos, entre las que se cuenta la práctica sistemática de criminalización de los defensores ambientales.

    Sobre esta misma línea, cabe agregar que China ha seguido el principio de “no interferencia” en la construcción de su relación con América Latina, lo cual ha dado como resultado una interacción casi exclusiva con los gobiernos de turno, sin inclusión de actores no gubernamentales. En este contexto, las organizaciones sociales latinoamericanas no hemos logrado establecer canales de diálogo sustanciales con las instituciones chinas, y tanto menos en lo que se refiere a la demanda de rendición de cuentas acerca de los impactos negativos de su intervención.

    1. ¿Qué está haciendo la sociedad civil de América Latina para llamar a China a rendir cuentas de los efectos ambientales y sociales de sus inversiones en la región?

    Un grupo de organizaciones de varios países que han visto su situación de derechos humanos deteriorarse por efecto de la penetración de estas inversiones, hemos decidido hacer uso de las herramientas que ofrece el sistema internacional de derechos humanos para establecer una conversación sobre la necesidad de llamar a los gobiernos a rendir cuentas de los efectos de sus inversiones y de las acciones de sus empresas en el extranjero. Para ello aprovecharemos el hecho de que la República Popular de China realizará en noviembre de 2018 su Examen Periódico Universal (EPU) en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU), la evaluación de derechos humanos a la que deben someterse cada cuatro años todos los estados miembros de la ONU, sin excepción.

    Pese a que no cuenta con una autoridad y mecanismos de aplicación, el sistema universal de derechos humanos, dentro del cual se encuentra el mecanismo EPU, ofrece valiosas oportunidades de incidencia para la sociedad civil en todo el mundo. El EPU ofrece un espacio para que las comunidades afectadas en sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales o culturales hagan oír sus reclamos. Por lo general, la responsabilidad por los derechos vulnerados es adjudicada al Estado dentro de cuyo territorio ocurren dichas violaciones de derechos. Así, en el marco del EPU de China, el grueso de las recomendaciones que recibe el Estado chino se vinculan con el trato que reciben sus ciudadanos dentro de su territorio. Sin embargo, nada impide a las comunidades afectadas en sus derechos en diversos países de América Latina presentar reclamos por las acciones de un país extranjero miembro de las Naciones Unidas. En otras palabras, nada impide a los grupos vulnerados invocar el principio de extraterritorialidad para demandar a un Estado extranjero el cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos contraídas por la aceptación de los instrumentos de las Naciones Unidas, así como a través de todo compromiso voluntario que dicho Estado haya ratificado y asumido.

    Eso es precisamente lo que pensamos hacer durante la EPU de China. En vistas de este proceso, el Centro de Derechos Económicos y Sociales (CDES) de Ecuador, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) de Argentina, CooperAcción de Perú y la Iniciativa para las Inversiones Sostenibles China América-Latina (IISCAL), hemos creado una alianza regional con el objeto de investigar colaborativamente y elaborar un informe sombra nacional para cada uno de los países sudamericanos incluidos en el proyecto, así como un informe sombra regional. En marzo de 2018 estos informes serán presentados a la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas como aportes para el EPU de China.

    Esta iniciativa cobró vida en 2017, con la búsqueda de una alianza regional para fortalecer nuestro trabajo de incidencia frente al Estado chino. La participación en el mecanismo del EPU es para nosotras una ventana de oportunidad para canalizar las preocupaciones y visibilizar las múltiples violaciones a los derechos humanos de las comunidades afectadas por proyectos cuyo financiamiento y operación se vinculan con inversiones del Estado chino.

    Las organizaciones involucradas tenemos una extensa y probada trayectoria de trabajo sobre financiamiento internacional y derechos humanos y ambientales, y nos contamos entre las pocas organizaciones de la sociedad civil de la región que han realizado un trabajo sistemático de investigación e incidencia sobre inversiones chinas en sus respectivos países. Además, gozamos de la confianza, credibilidad y reconocimiento de las organizaciones de base y otros actores relevantes. De hecho, en varios casos, hemos abogado frente a las entidades chinas para que mejoren sustancialmente su comportamiento ambiental y social y para que actúen como buenos ciudadanos globales. La falta de respuestas por parte de tales entidades nos ha llevado a buscar nuevos espacios de interlocución con la República Popular de China en los foros internacionales. Tenemos la esperanza de que el EPU de China y demás mecanismos de las Naciones Unidas ofrezcan el tan necesario espacio para lograr un compromiso serio de parte de los bancos y empresas chinas en materia de internalización de los principios de derechos humanos en sus operaciones en el extranjero.

    1. ¿Cuál es el sustento legal de la iniciativa? ¿A qué instrumentos, convenciones y legislación apelarán para apoyar sus reclamos?

    La República Popular de China ha ratificado varios instrumentos internacionales de derechos humanos. Entre ellos, los más importantes a la hora de constituir el marco de referencia y argumentación para el trabajo que pretendemos llevar adelante son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Protocolo de San Salvador (Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) y los Principios de Maastricht sobre las Obligaciones Extraterritoriales de los Estados en el Área de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Estos últimos, en particular, establecen que los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y cumplir los derechos económicos, sociales y culturales tanto dentro de su territorio como fuera de él, y estipulan que la responsabilidad del Estado se extiende a los actos y las omisiones de los agentes no estatales que actúan por instrucciones o bajo la dirección o el control del Estado en cuestión.

    Cabe señalar que si bien nuestra argumentación se basa en el principio de responsabilidades extraterritoriales, ello no excluye la posibilidad de apelar en los informes sombra a otros instrumentos internacionales que integran el sistema universal de las Naciones Unidas, aún si no han sido ratificados por el Estado chino. En ese sentido, deba presumirse que, al aceptar ser miembro de las Naciones Unidas, China se compromete a promover sus principios y apoyar la implementación de los tratados, pactos y convenios internacionales elaborados en el seno de la organización.

    También es importante destacar que según el artículo 16 de la Constitución China, las empresas estatales tienen poder de decisión con respecto al funcionamiento y la gestión dentro de los límites prescritos por la ley, a condición de que se sometan al liderazgo unificado del Estado, en cuyo caso deben cumplir con todas las obligaciones del plan estatal. En otras palabras, las empresas estatales chinas son actores cuasi-estatales. Funcionan como una extensión de la estructura del Estado chino, ya que le pertenecen, son patrocinadas por él o actúan en pos de sus intereses. Ello convierte a las responsabilidades de derechos humanos de las empresas estatales de la República Popular de China en responsabilidades del Estado chino.

    El hecho de que China ocupe un puesto en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de que, durante una visita del Secretario General de las Naciones Unidas a China el Ministro de Relaciones Exteriores de ese país haya declarado que “la ONU es una plataforma efectiva para los desafíos globales y la institución central para los esfuerzos internacionales en tratar los asuntos globales” constituye para nosotros una ventana de oportunidad. El EPU de la República Popular de China que se realizará en noviembre del 2018 es la oportunidad más concreta y cercana que tenemos.

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