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  • NACIONES UNIDAS: ‘Ahora la regulación ambiental deberá guiarse por un enfoque de derechos humanos’

    Victoria LichetCIVICUS conversa con Victoria Lichet, directora ejecutiva de la Coalición del Pacto Mundial, sobre la resolución recientemente aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) que reconoce el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible en tanto que derecho humano.

    La Coalición del Pacto Mundial reúne a organizaciones de la sociedad civil (OSC), activistas, artistas, abogados y científicos que abogan por la adopción del Pacto Mundial por el Medio Ambiente, un proyecto de tratado internacional que apunta a consagrar una nueva generación de derechos y deberes fundamentales relativos a la protección del medio ambiente, y especialmente el derecho a un medio ambiente sano.

    ¿Qué relevancia e implicaciones tiene la reciente resolución de la AGNU sobre el derecho a vivir en un medio ambiente limpio, sano y sostenible?

    La adopción de una resolución sobre el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible por parte de la AGNU, el órgano legislativo de la ONU, que incluye a todos sus Estados miembros, es una victoria histórica para la protección del medio ambiente. El reconocimiento del derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible como derecho humano universal convierte a la protección del medio ambiente en un aspecto fundamental de la protección de los derechos humanos. Es un paso importante hacia la introducción de una perspectiva de derechos humanos en el litigio ambiental, ya que integra normas de derechos humanos en los asuntos ambientales.

    Además de reconocer el derecho a un medio ambiente sano en tanto que derecho de todas las personas, el preámbulo de la resolución afirma claramente el vínculo entre un medio ambiente sano y los derechos humanos. La AGNU reconoce que “los daños ambientales tienen repercusiones negativas, tanto directas como indirectas, en el disfrute efectivo de todos los derechos humanos”.

    Aunque las resoluciones de la AGNU no son jurídicamente vinculantes, esta resolución es un fuerte mensaje político de gran contenido simbólico. Desempeñará un papel importante en la formación y el fortalecimiento de normas, leyes, estándares y políticas ambientales internacionales más sólidas. De ese modo, necesariamente mejorará la eficacia general del derecho ambiental y catalizará nuevas acciones ambientales y climáticas. Esto también demuestra que el multilateralismo todavía tiene un rol que desempeñar en el derecho ambiental internacional.

    ¿Qué papel desempeñó la sociedad civil en el proceso que culminó con esta resolución?

    Esta resolución fue el resultado de meses de movilización por parte de OSC y organizaciones de pueblos indígenas (OPI), entre ellas la Coalición del Pacto Mundial. Bajo el inspirador liderazgo del Relator Especial de la ONU sobre Derechos Humanos y Medio Ambiente, David R. Boyd, y su predecesor, John Knox, la coalición de OSC y OPI pudo llegar a los gobiernos a través de correos electrónicos y cartas para informarles mejor sobre la importancia del derecho a un medio ambiente sano. También hizo campañas en las redes sociales para informar a la ciudadanía sobre el proceso.

    El grupo de países que lideró esta iniciativa, formado por Costa Rica, Eslovenia, Maldivas, Marruecos y Suiza, fue un gran apoyo y comunicó sobre cada paso relativo al avance de la resolución. Estamos muy agradecidos por su liderazgo.

    ¿Considera que el texto final de la resolución refleja plenamente los aportes de la sociedad civil?

    El texto final de la resolución mayormente refleja las expectativas de la sociedad civil. En el curso de la negociación, algunos Estados lograron eliminar algunos párrafos. Por ejemplo, el primer borrador decía que el derecho a un medio ambiente sano estaba relacionado con el derecho a la vida y el derecho al más alto nivel posible de salud física y mental. Pero el borrador final también incluía párrafos adicionales en los cuales, por ejemplo, se mencionaba a “empresas y otras partes interesadas” en el llamamiento a adoptar políticas de cooperación internacional para aumentar los esfuerzos para garantizar un medio ambiente sano.

    En términos generales, el principal objetivo de la sociedad civil era que se reconociera el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible como un derecho humano para todas las personas, y esto, obviamente, quedó plenamente reflejado en el texto final. Se trata, pues, de una victoria histórica de la sociedad civil.

    ¿Qué medidas deberían adoptar los Estados para hacer efectivo el derecho reconocido en la resolución?

    El reconocimiento debe combinarse con políticas públicas nacionales y regionales sólidas y ambiciosas que pongan en marcha mecanismos para reforzar la protección del medio ambiente, la protección de la salud de las personas y el disfrute de sus restantes derechos humanos. A partir de ahora, los Estados deberán adoptar un enfoque de derechos humanos en la regulación ambiental, así como mejores políticas de energía renovable y economía circular.

    Como lo expresó el relator especial David Boyd, el reconocimiento internacional del derecho a un medio ambiente sano debe alentar a los gobiernos a revisar y reforzar sus leyes y políticas ambientales y a mejorar su implementación y cumplimiento.

    ¿Qué debería hacer la sociedad civil a continuación?

    Ahora la sociedad civil debe abogar por instrumentos más sólidos y ambiciosos para proteger el medio ambiente, nuestro derecho a un medio ambiente sano y otros derechos ambientales. Ahora que el derecho a un medio ambiente sano ha sido reconocido a nivel internacional, debemos introducir derechos y deberes adicionales que nos lleven aún más lejos en el camino de la protección del medio ambiente.

    La resolución de la AGNU podría ser la base de un instrumento internacional más amplio sobre el derecho a un medio ambiente sano y otros derechos ambientales. Ya disponemos de modelos ambiciosos que podrían utilizarse en estas futuras negociaciones, tales como el Pacto Mundial por el Medio Ambiente y el proyecto de pacto de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, la mayor red ambiental global.

    El desplazamiento del “derecho blando” al “derecho duro” -en este caso, de la resolución no vinculante de la AGNU a una convención sobre el derecho a un medio ambiente sano- es muy común en el derecho internacional. Por ejemplo, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, en rigor una parte de la resolución de la AGNU sobre la Carta Internacional de Derechos Humanos, y por lo tanto no es jurídicamente vinculante, abrió camino a dos tratados que fueron adoptados en 1966: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Se necesitaron 18 años para traducir la Declaración en dos textos jurídicamente vinculantes.

    Esperamos que no hagan falta 18 años para lograr una convención sobre derechos ambientales, porque eso nos llevaría hasta 2040. No tenemos tanto tiempo. Ha llegado el momento de adoptar una convención que sea una suerte de “tercer pacto”, es decir, que reconozca una tercera generación de derechos humanos. Tras los derechos civiles y políticos y los derechos económicos y sociales, ha llegado el momento de consagrar los derechos ambientales.

    Ante la actual triple crisis planetaria, un texto internacional vinculante sobre el medio ambiente tiene una importancia vital, ya que millones de personas están muriendo a causa de sus entornos tóxicos, y especialmente por la contaminación atmosférica.


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